Los Cuidadores Domiciliarios son un eslabón fundamental en la atención sanitaria de cualquier paciente que lo necesite. La correcta denominación utilizada por IPROSS es: “Cuidadores Domiciliarios Polivalentes”.
Se trata de un programa que brinda cobertura a los afiliados que requieran servicios de atención domiciliaria y de baja tecnología. El mismo, se encuentra vigente en la Resolución 021/2020 JTA ADM IPROSS, y su normativa se describe en el expediente N° 123071-S-2017.
Para poder acceder al programa, la elección y búsqueda del Cuidador estará a cargo del afiliado y/o responsable o red primaria de apoyo. El tipo de cuidado, extensión y duración de la cobertura estará sujeto a evaluación en cada caso.
El cuidador domiciliario no es un prestador médico convenido con la obra social IPROSS. Los cuidadores no tienen relación de dependencia con el Instituto, pero sí con el afiliado que los contrata. Esto es, trabajan con independencia bajo contratos del paciente afiliado. Recibe la demanda de sus servicios por parte de la persona mayor; realizando prestaciones de apoyo al desarrollo de las actividades de la vida diaria de la edad avanzada.
En su ejercicio, brinda apoyo a la persona mayor en las actividades de la vida diaria, propiciando la permanencia en su hogar, manteniendo sus roles familiares y sociales con el fin de mejorar su calidad de vida.
En el encuentro estuvieron presentes el Presidente del IPROSS, Alejandro Marenco; el Vocal Gremial de ATE, Favio Polizzi; la Directora de Relaciones Institucionales y Satisfacción del Usuario, Débora Malfatti, y por parte de la CTA Autónoma, Hugo Arena; la Secretaria General de CUI-DO, Ana María Haro; Brenda Cáceres, Magali Beliú y Nicolás Monsalve.